La Dirección General de Rentas provincial estableció a través de la Resolución General N° 10/2016 que, a partir del 1 de agosto de este año, sea obligatoria la liquidación del impuesto de Tasa de Justicia solo a través del portal www.dgrsalta.gov.ar. Esto incluye a las modalidades, formularios y procedimientos que se deben seguir para la liquidación de este tributo.
El director general de Rentas, Facundo Furio resaltó la importancia de esta modificación debido a que “agilizará el trámite de inicio de los procesos judiciales, permitiendo además un mayor control fiscal de la integración del tributo”.
Estas acciones forman parte de los cambios que realiza el organismo provincial con el objetivo de optimizar los servicios de la Dirección y así facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.


