FIRMA DIGITAL Y CORREOS ELECTRÓNICOS INSTITUCIONALES
A partir del día lunes 13 de junio 2016, en sede del Colegio de Abogados de la Ciudad Judicial de 08:00 a 12:30, se otorgará Firma Digital y Correo Electrónico Institucional a cada Abogado y Procurador activo en la matrícula. Esta implementación servirá para comunicarse con el Poder Judicial y Ministerio Publico y comenzar con las pruebas del Expte. Digital.
Para este trámite deberán concurrir a la sede con documento de identidad y constancia de cuil.Una vez validados los datos, la firma digital podrá ser aplicada a todos los procesos judiciales que la requieran y ser presentada antes los organismos que intervengan en los procesos.
Debe tenerse en cuenta que a partir del próximo año comenzará a desaparecer el formato papel de los Expte. tal como se tramitan en la actualidad. Es por esta circunstancia, y con el objeto de aprender a utilizar la herramienta de trabajo, que nuestra Institución capacitará a los profesionales con tiempo, para que llegado el momento de su implementación final, estemos familiarizados con la misma.
Firma digital
¿Qué es?
La firma digital es una herramienta tecnológica que permite garantizar la autoría e integridad de los documentos digitales, posibilitando que éstos gocen de una característica que únicamente era propia de los documentos en papel. La firma digital es un instrumento con características técnicas y normativas. Esto significa que existen procedimientos técnicos que permiten la creación y verificación de firmas digitales, y existen documentos normativos que respaldan el valor legal que dichas firmas poseen.
Características
Únicas: las firmas deben poder ser generadas solamente por el firmante.
Infalsificables: para falsificar una firma digital el atacante tiene que resolver problemas matemáticos de una complejidad muy elevada, es decir, las firmas han de ser computacionalmente seguras. Por tanto la firma debe depender del mensaje en sí.
Verificables: las firmas deben ser fácilmente verificables por los receptores de las mismas y, si ello es necesario, también por los jueces o autoridades competentes.
Innegables: el firmante no debe ser capaz de negar su propia firma.
Viables: las firmas han de ser fáciles de generar por parte del firmante.
Principales ventajas generales de la firma digital
– Brinda seguridad en el intercambio de información crítica.
– Reemplaza a la documentación en papel por su equivalente en formato digital.
– Reduce costos generales y mejora la calidad de servicio.
– Mayor velocidad de procesamiento.
– Es un pilar fundamental donde apoyar el desarrollo.
El beneficio para los matriculados
Los letrados podrán realizar presentaciones por vía electrónica desde el Portal WEB de Colegio de abogados y procuradores de Salta, dejándolas disponibles para que los organismos de destino procedan a su confronte, despacho y posterior tramitación, en caso que así se requiera.



