PRONUNCIAMIENTO INSTITUTO DE GENERO DEL COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE SALTA

Ante las expresiones vertidas por el legislador Andres Suriani , manifestamos lo siguiente “Ya basta, de ofendernos, a las mujeres, y todas las personas con construcciones identitarias que eligieron libremente, pues son sujetas de derechos. 

Basta de señalarnos como promotoras de una “ideología de género!, (concepto que no existe), construido por ideologías patriarcales y conservadoras que solo persiguen la dominación y el control de las mujeres y los cuerpos disidentes.

 Basta de jactarse que defiende las dos vidas, cuando como legislador solo se enfoca monotemáticamente desde su posición androcentrica a denostar a quienes propiciamos desde la perspectiva de género la amplitud de derechos y oportunidades para mejorar la calidad de vida de las mujeres en su diversidad.

Es impropio menoscabar la memoria de las victimas de femicidio y las de sus familiares. Al asegurar que el femicidio no existe. Nuestro Código Penal en su art 80 inc 1 y 11. lo introdujo en la última reforma. 

Salta tiene la tasa de femicidios más elevada en el país. El femicidio constituye la máxima expresión de la violencia hacia las mujeres. 

Es injusto afirmar que la homofobia no existe. La realidad lamentablemente enluta periódicamente a las personas que son víctimas de odio de género en nuestra provincia.  

Es inadmisible desinformar a la sociedad, y presionar públicamente a quienes deben aplicar la Ley Nacional de Educacion Sexual Integral-ESI, al aseverar que eso constituye “ideología de género” 

Se debe interpretar la ley 26.150, en su totalidad. Y no parcialmente conforme a las creencias personales y como cosmovisión mística, como una forma de control social.

Sepa que entre las feministas hay juristas, académicas, profesionales, trabajadoras estudiantes y militantes por los derechos y la dignidad de todxs las personas.

Respete a las ciudadanas: mujeres, mujeres lesbianas trans travestis y distintas construcciones identitarias, en ejercicio de los Derechos Humanos. 

Las manifestaciones y los dichos  e lxs legisladores deben ser rigurosos y ajustarse a derecho. 

Los únicos que subvierten el Estado de Derecho y el sistema normativo son las personas que actúan fuera de la ley y las normas establecidas como forma de convivencia armónica y pacífica.

Ud. como legislador tiene la obligación de conocer y estudiar las leyes provinciales: Ley 7888, ley 7403, las leyes Nacionales 26.485, 26061, 26.743, 26.618, la Convención para la Eliminación de toda Forma de Discriminación Contra las Mujer. La Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. 

No se puede oprimir al otro con un sistemas de pensamientos totalitarios, fundamentalistas, patriarcales, sexistas, que no ayudan a una convivencia inclusiva y democrática. 

Defendemos la autodeterminación de los cuerpos, el conocimiento y protección y ejercicio de los Derechos Humanos de las Mujeres y del Colectivo LQBTI, EN toda su dimensión Libre y dignidad para  una vida libre de violencia. 

Salta 24 de Agosto 2018. Instituto Jurídico con Perspectiva de Género del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta

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