⚖️ El Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Salta, manifiesta su rechazo y repudio a lo establecido en el día de la fecha a través de la Circular 22/2.023 de la ANSeS.
📌 Este instrumento administrativo es inconstitucional, limitando y excluyendo a los abogados de la provincia en su libre ejercicio de la profesión, como apoderados en las prestaciones de Plan de Pago de Deuda Previsional en el marco de la Ley 27.705.
📍La Administración Nacional, desconoce la relevancia de la Abogacía Salteña en el ámbito Previsional, resultando manifiestamente discriminatoria e inconstitucional su accionar.
⚖️ El Colegio de Abogados, informa a sus matriculados y a toda la Sociedad, que iniciará las acciones judiciales que procuren garantizar el libre ejercicio de la profesión, el derecho al trabajo y el derecho de los futuros beneficiarios de elegir libremente al profesional del Derecho que estime pertinente y que los represente.
Salta, 8 de Mayo de 2.023.