Resolución que establece el fraccionamiento por segundo de las llamadas de telefonía móvil

En ella,
EL SECRETARIO
DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Establécese que la unidad de medida de tasación de las llamadas
originadas por usuarios de servicios de comunicaciones móviles será el segundo,
medido a partir de los primeros TREINTA (30) segundos de establecida la
comunicación, conforme lo dispone la Resolución Nº 45 de fecha 31 de mayo de 2012.
ARTICULO 2° — Establécese que los prestadores de servicios de comunicaciones
móviles deberán implementar las medidas pertinentes, con el fin de dar cumplimiento
efectivo a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente, dentro de los SESENTA (60)
días corridos contados a partir de su publicación, para el caso de los usuarios
actuales.
ARTICULO 3° — Establécese que los prestadores de servicios de comunicaciones
móviles deberán implementar las medidas pertinentes, con el fin de dar cumplimiento
efectivo a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente, dentro de los QUINCE (15) días
corridos contados desde su publicación, para el caso de los nuevos usuarios.
ARTICULO 4° — Establécese que los precios establecidos por los operadores dentro
de cada una de las diferentes modalidades de contratación y las condiciones
comerciales de todos los planes, deben ser razonables y no discriminatorios, y
deberán ser comunicados a la Autoridad de Aplicación en forma previa a su entrada en
vigencia, con una antelación no menor a SESENTA (60) días corridos.
ARTICULO 5° — Establécese que la información relativa al sistema de facturación del
servicio dispuesto en el artículo 1° de la presente, deberá constar en los sitios web de
los prestadores de servicio móvil, así como en los contratos con sus usuarios y en los
convenios de interconexión, la cual deberá estar disponible dentro de los QUINCE (15)
días corridos contados a partir de la publicación de la presente.
ARTICULO 6° — Establécese que la presente Resolución entrará en vigencia a partir
de su publicación.

El contenido de esta Resolución ha sido parte de la temática abordada durante el año en las reuniones semanales de nuestro Instituto, especificamente al tratar -meses atrás- el proyecto de nuevo reglamento de usuarios de comunicaciones móviles.

Dado la altura del año, les deseamos unas muy felices fiestas!!! y los invitamos durante el proximo año 2014 a participar de nuestras reuniones semanales los días miércoles a las 17 horas en la Sede del Colegio de calle Gúemes.

Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones, Informática, Nuevas Tecnologías e Innovación Tecnológica

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IMPLEMENTACIÓN DEL SED FUERO LABORAL- DISTRITO CENTRO

📌 Informamos a los abogados y abogadas que luego de diversas gestiones realizadas ante el Comité de Seguimiento del SED el próximo miércoles 15 de junio iniciará la implementación del SED en el Fuero Laboral del Distrito Centro. ▶️ Por tal motivo se realizará una capacitación a cargo de represengantes del Colegio de Abogados y

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JURA DEL 31 DE MAYO 2.023 BIENVENIDOS NUEVOS COLEGAS.

Con la presencia del Sr. Gobernador de la provincia de Salta, Dr. Gustavo Sáenz, la Sra. Juez de Corte, Dra. Sandra Bonari, autoridades del Consejo Directivo del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta y del Consejo de Administración de la Caja de Abogados, se llevó adelante una nueva Jura de Matriculados.Felicitamos y damos la

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