Protocolo del Instituto de Defensa del Consumidor

PROTOCOLO DEL INSTITUTO DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
DEL COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE SALTA

De la asistencia:

PUNTO N° 1: Los Abogados que se vayan incorporando al Instituto de Defensa del Consumidor, (en adelante IDC), se les otorgarán casos provenientes de la Secretaria de Defensa del Consumidor, (En tanto la Instancia conciliatoria se haya agotado),cuando acrediten haber asistido un mínimo de tres meses consecutivos a las reuniones semanales del ICD, con dos asistencias mínimas mensuales, o en su defecto ocho reuniones consecutivas.

PUNTO N° 2: Al incorporarse los letrados, deberán comunicar sus datos personales a fin de ser contactados a los secretarios y a los coordinadores, asimismo deberán aceptar y adherirse a un compromiso de asistencia a las reuniones semanales y de informar por escrito mensualmente de los casos asignados hasta su extinción, sea extrajudicial y/o judicialmente.-

PUNTO N° 3: Es de única y total responsabilidad de los Abogados el solicitar la planilla de asistencia en cada una de las reuniones para acreditar su asistencia en las reuniones semanales.

PUNTO N° 4: Al iniciar cada mes se labrará una planilla ordenada alfabéticamente por apellido, con indicación de los abogados que hayan asistido regularmente (mínimo dos asistencias) a quienes se les asignaran casos durante el siguiente mes, siempre que hayan cumplimentado con los puntos 1,2,y 3.-

PUNTO N° 5: Al finalizar el orden de la planilla con los apellidos de los abogados a los cuales se les asignaron casos, y no habiendo aún finalizado el mes, se volverá a comenzar la misma lista, para el caso de finalizar el mes sin haberse completado la planilla(mensual vigente) se continuará con una nueva lista o planilla, comenzando con la asignación de casos nuevos desde la primera letra(ordenada alfabéticamente) que haya quedado en el mes anterior en adelante.

De los Informes y casos asignados:

PUNTO N° 6: Mensualmente los abogados, deberán entregar informes por escrito del estado de los casos en curso, los mismos serán presentados el primer miércoles de cada mes, acompañado de la planilla de asignación de casos firmados por el consumidor y dirigida a la Secretaría del IDC, de lo contrario no serán incluidos en las listas para recibir nuevos casos. Aquellos casos en los cuales haya sido imposible el contacto con el consumidor, serán informados por los letrados de la misma forma.-

PUNTO N° 7: E s requisito Obligatorio e Indispensable que el primer caso asignado a los nuevos abogados, para iniciar la acción Judicial lo sea con un patrocinio letrado de otro abogado del I.D.C. el que deberá contar con una antigüedad mayor a los 6 meses y que tenga una asistencia regular a las reuniones del I.D.C. es de libre elección y mutuo acuerdo la elección del letrado patrocinante.
Los honorarios del abogado patrocinante en primera audiencia serán el equivalente a una consulta Oral, cuyo pago será pactado por los letrados intervinientes.

DE LOS SITIOS DE INTERNET:

PUNTO N° 8: Hasta tanto se cree un sitio y/o página específica para el I.D.C. se continuará usando el Weblog institutodefensadelconsumidorsalta, como así también el sitio web de la red social g Facebook a fin de comunicar las novedades, está totalmente prohibido difundir avisos publicitarios de cualquier tipo, que no sean exclusivos de Defensa del consumidor y Usuarios. Aquellos abogados que lo utilizaren con otros fines, y que fuesen perjudiciales para el grupo, serán sancionados por la Comisión directiva, cuya sanción quedará a criterio de la misma.-
PUNTO N° 9: En el Weblog del I.D.C. que será actualizado periódicamente, se deberán publicar OBLIGATORIAMENTE las demandas iniciadas por cada uno de los abogados, con la finalidad de difundirlos, añadir conocimientos nuevos, sugerir correcciones y aportar opiniones de los otros colegas.
Aquellos letrados que permanezcan inactivos en los sitios, serán eliminados de los mismos. El Weblog modificará su contraseña una vez por mes, la misma se informará cada vez que se realicen, por los secretarios, en forma privada y a pedido de los abogados interesados, via faceebook y únicamente a los abogados que hayan cumplido con los requisitos de los puntos 1,2,3,4,5.-

PUNTO N° 10: Las personas que dejen de asistir por un período mayor a un mes al I.D.C. serán eliminadas de la red Social Facebook, con excepción de los magistrados de marcada trayectoria consumerista, presidente, vice-presidente, secretario y prosecretario del I.C.D.-

PUNTO N° 11: El presente protocolo podrá ser modificado y/o ajustado de acuerdo a las exigencias y/o necesidades del I.D.C.-

Firmado: Comision Directiva Instituto Defensa del Consumidor

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