INFORMACION PARA MEDIADORES CENTRO MEDIACIÓN COLEGIO PARA MEDIACIONES POR MEDIOS TECNOLOGICOS Y A DISTANCIA

EL CENTRO DE MEDIACIÓN, INFORMA A TODOS LOS MEDIADORES LO RESUELTO:

1.- De acuerdo a  la Disposición N° 01/2020 de la Dirección de Mediación, solo serán mediables las cuestiones indicadas en el Art. 8, entiéndase: ALIMENTOS, CUIDADO PERSONAL Y REGIMEN DE COMUNICACIÓN.-

2.- La SOLICITUD DE MEDIACION será efectuada al siguiente email: administracionmediacion@abogadosdesalta.org.ar; en esta deberá consignarse los siguientes datos: 

               A.- NOMBRE, APELLIDO, DNI: SOLICITANTE Y CONVOCADO

               B.- DOMICILIO, EMAIL, TELEFONO: SOLICITANTE Y CONVOCADO.-

               C.- OBJETO DE MEDIACION.-

 

LUJAN, siguiendo el orden del sorteo indicara quien será el mediador responsable, o mediador designado (recuérdese que solo una vez al mes se podrá designar al mediador).-

Antes de cursar la notificación, la que podrá hacerse por cedula de notificación o Carta Documento por correo Andreani; se deberá haber acreditado vía email, o WhatsApp el pago de: TASA DE MEDIACION y HONORARIOS BASICOS DEL MEDIADOR.-

La TASA DE MEDIACION deberá ser depositada en la cuenta del Colegio de Abogados: BANCO MACRO S.A.

* Caja de Ahorro Nro. 412709488037221

* Razón social: COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE SALTA

* C.B.U.: 2850127340094880372218

* C.U.I.T. Nro. 30522745010.-

En cuanto a los HONORARIOS BASICOS DEL MEDIADOR: El mismo deberá indicar los datos a fin que los mediables depositen en su cuenta los básicos.-

Realizados ambos depósitos, tasa de mediación y honorarios básicos, deberá mandarse al email administracionmediacion@abogadosdesalta.org.ar, la constancia correspondiente, a fin de que Lujan pueda cursar: CEDULA DE NOTIFICACION O CARTA DOCUMENTO, en la que se hará indicación del día y hora a efectuarse la mediación, con los recaudos establecidos en el DNU N° 297/2020.-

Concluida la mediación, en caso de acuerdo el mediador deberá depositar el 10% del valor del acuerdo, que corresponde al Colegio de Abogados.-

Por otra parte se deja establecido que en caso de acuerdo o no, se deberá incluir en el convenio o constancia de mediación la siguiente leyenda:

LA PRESENTE MEDIACIÓN SE REALIZO EN EL MARCO DE LA DISPOSICIÓN N° 01/2020 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIACIÓN, CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. CON TODOS LOS RECAUDOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, MARCADOS POR DNU N°297/2020.-

LEVANTADO EL  AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, LAS PARTES INVOLUCRADAS EN EL PROCESO DE MEDIACIÓN SE COMPROMETEN EN UN PLAZO DE 72 HORAS HÁBILES A FIRMAR EL PRESENTE CONVENIO.-

Comisión Directiva Centro de Mediación del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta

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